A pesar de que el decreto en cuestión, el cual se publicó el 11 de enero de 2018, entró en vigencia al día siguiente, será puesto a consideración de la comisión Bi-Cameral del Congreso en las próximas semanas para su ratificación. De lo contrario, los cambios serán desestimados. Por otro lado, la implementación de la mayoría de las modificaciones informadas le demandará algún tiempo a la Oficina de Marcas y Patentes para hacer los cambios necesarios en sus sistemas previo a su aplicación.
Ley de marcas
El cambio más importante en lo que respecta a la Ley de Marcas tiene que ver con el sistema de oposiciones. Argentina se ha caracterizado por poseer un sistema de oposiciones único, distinto de la mayoría de los países.
Tras la modificación, el plazo para obtener el retiro de la oposición mediante acuerdo en la vía extrajudicial pasó de 12 a 3 meses y, si no fuera posible llegar a dicho acuerdo amistoso, la Oficina de Marcas tendrá facultades suficientes para expedirse sobre el mérito de las oposiciones presentadas, tal como ocurre en la mayoría de los países. Asimismo, deberá recurrirse a la vía judicial solo si se desea presentar un recurso de apelación.
En este sentido, la Oficina de Marcas también intervendrá en casos de caducidad por falta de uso y los planteos de nulidad por cualquier causal que fuere.
Otro cambio importante en la Ley de Marcas es que será posible obtener la caducidad parcial de marcas, algo que dicho cuerpo de normas no contemplaba hasta ahora.
Además, como consecuencia de esta nueva normativa, deberá presentarse una declaración jurada de uso entre el quinto y el sexto año siguientes a la fecha de concesión en aras de mantener la marca vigente.
Por último, en lo concerniente a los cambios importantes, luego de que la Oficina de Marcas actualice su sistema, sería posible presentar solicitudes de registro de marca multiclase en Argentina.
Ley de patentes de invención
En relación con la Ley de Patentes de Invención, el cambio más significativo es que antes el Certificado de Prioridad y su transferencia debían presentarse dentro de los 90 días con su correspondiente traducción, bajo pena de perder el derecho de prioridad invocado. Ahora este requisito fue eliminado y es posible solicitar el Certificado de Prioridad y su transferencia cuando la solicitud se encuentra en estudio.
El plazo para presentar la Solicitud de Examen de Fondo se redujo de tres años a 18 meses, al igual que el plazo para pagar dicho examen.
Asimismo, con respecto al poder, la normativa anterior establecía su presentación junto con la solicitud; mientras que las nuevas modificaciones prevén que una declaración jurada por parte del abogado será suficiente salvo que la Oficina de Patentes requiera su presentación en el caso particular.
Ley de diseños
En lo que respecta al registro de modelos y diseños, el cambio más sustancial es que a partir de ahora podrán presentarse solicitudes múltiples mediante una única presentación que puede abarcar hasta 20 modelos o diseños diferentes.
Por otro lado, se eliminó el requisito según el cual debían presentarse figuras formales. Será posible presentar fotografías y/o reproducciones electrónicas de modelos y diseños; al mismo tiempo que sus memorias descriptivas no serán obligatorias pero se aceptarán si el solicitante lo estima necesario.
Entre estos cambios significativos se implementaron diversas modificaciones que redujeron plazos y flexibilizaron los requisitos para la obtención de registros. Nos expediremos sobre el alcance y el efecto de estos cambios en nuestros futuros boletines.